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Pedro Medina Sanabria recuerda que «la recuperación de la memoria histórica debe hacerse para dignificar la memoria y el honor de la víctimas» PDF Imprimir E-Mail
lunes, 23 de noviembre de 2009

SB- Noticias.- El investigador de la memoria historia, Pedro Medina Sanabria recordó que «la recuperación de la memoria histórica debe hacerse para dignificar la memoria y el honor de las víctimas y para ello es necesario acometer una enorme labor de pesquisa documental en los archivos, que durante demasiado tiempo han estado vedados, ocultados a los ojos de la investigación, archivos que hoy no pueden ni deben continuar estando vedados y ocultados porque hay una ley, la Ley 52/2007, la denostada ley conocida como de Memoria Histórica que es, realmente, una ley de ampliación de derechos.»

Hace unos días tuvo lugar una charla sobre la recuperación de la memoria histórica en Canarias en la Sala San Borondón de La Laguna dirigida por el investigador de la memoria histórica, Pedro Medina Sanabria, y en la que compartieron sus vivencias algunos protagonistas directos y familiares de éstos, víctimas de la represión franquista.

En el transcurso del acto, Medina Sanabria expuso diversos casos relacionados con la recuperación de la memoria histórica que han salido a la luz recientemente, explicando, por ejemplo, que «uno de los derechos contenido en la Ley 52/2007 es el derecho a conocer. Ejerciendo tal derecho yo he sido debidamente autorizado para investigar en el archivo del Tribunal Militar Territorial V del Mando de Canarias para conocer lo acontecido a mi tío Juan Medina Naranjo, que fue encausado en una causa sumarísima, la número 1 de Gran Canaria del año 1936, que dio lugar a un consejo de guerra celebrado en el cuartel de San Francisco de Las Palmas de Gran Canaria el 2 de septiembre de 1936. Consejo de guerra –que no juicio– presidido por un teniente coronel y un montón de capitanes y un fiscal, el comandante auditor de la armada Eduardo Callejo, y el fiscal Lorenzo Martínez Fuset. Estos sí sabían de derecho, estos eran auditores y retorcieron el derecho para cometer aquellos crímenes en aquellos consejos de guerra. No eran analfabetos, como el resto de los otros militares.»

«En esa causa 1/1936 de Gran Canaria, mi tío Juan Medina Naranjo tuvo la “suerte”, junto con otros dos compañeros, José Ventura Armas y Enrique Camilo Ruiz Ortega, de ser condenados a reclusión perpetua, que en aquella época eran 30 años», explicó Pedro Medina Sanabria, quien añadió que «fue una suerte porque sus otros cinco compañeros (Antonio Betancor Luzardo, Luis Cabrera Hernández, Nicolás Cordero Bautista, José Ramírez Alcántara y Manuel Ramos González) fueron condenados a la pena de muerte, ejecución que tuvo lugar en el campo de tiro de La Isleta al amanecer del lunes día 7 de septiembre de 1936. Cuando los desdichados reos fueron colocados en el paredón, Manuel Ramos sufrió un síncope, cayendo al suelo sin sentido. No lo fusilaron y el oficial que mandaba el piquete le dio el tiro de gracia en el suelo.»

Sanabria explicó que tanto su tío como «sus dos compañeros condenados a cadena perpetua fueron embarcados el 30 de enero de 1937 en el vapor carguero de Transmediterránea Río Francolí, que los conduciría al penal de Puerto de Santa María, en Cádiz, si bien éste no sería su destino final porque luego pasaron por otros penales peninsulares. Estos penados regresaron a La Isleta en régimen de prisión condicional atenuada en el verano de 1941.»

 
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