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José M. Rivero (Justicia y Sociedad) critica que en la absolución del magistrado José Antonio Martín no se haya aplicado el principio elemental de igualdad ante la Ley PDF Imprimir E-Mail
miércoles, 20 de enero de 2010
Rivero advierte que es muy preocupante que se diga que no existe delito y que se pueda absolver, si no hay variación en el Tribunal Supremo de los hechos probados en primera instancia
 
SB-Noticias.- El abogado José Manuel Rivero, miembro del colectivo Justicia y Sociedad, valoró para el programa La Trapera de Radio San Borondón la absolución del ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, José Antonio Martín, del delito de actividades prohibidas a autoridades y funcionarios por el que fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y asegura que la celeridad de la resolución pone de manifiesto un agravio comparativo evidente con respecto a lo que le ocurre el común de los mortales, dejando la sensación de que la Justicia no actúa con la misma intensidad y dureza con un ciudadano común que con un representante político o en este caso una autoridad, un magistrado.

 

Explica que el magistrado fue condenado a un año y seis meses de inhabilitación por asesorar como debía producirse la defensa de un narcotraficante, según consideró probado la sentencia que ahora ha revocado la Sala Segunda del Tribunal Supremo. La vista oral se celebró este martes en Madrid y el fiscal había pedido la confirmación de la pena impuesta a Martín por favorecer a un narcotraficante. En este sentido, esta sentencia provoca una sensación de agravio comparativo respecto del común.

Advierte Rivero, no obstante, que todavía no se conoce el texto, toda vez que el fallo de la resolución absolutoria se comunicó de forma anticipada, sin dar a conocer su texto  y pocas horas después de haberse celebrado la vista del recurso de casación en la Sala Segunda del Tribunal Supremo y ahí lo de agravio comparativo en relación al resto de los ciudadanos. Cuestionando Rivero, cuántos ciudadanos, que no formen parte de una elite, tienen ese tipo de celeridad, toda vez que no existen precedentes de que poco tiempo después de que se celebre una vista como esta se adelante inmediatamente el fallo, algo que no ocurre al común de ciudadanos que llegan a ese trance.

 Para Rivero, la rápida resolución de este caso denota un agravio comparativo evidente con respecto a lo que le ocurre al común de los mortales y añade que sus últimas experiencias como profesional ante el Tribunal Supremo, para que en los recursos de casación en la Sala Segunda lleguen a celebrarse vistas en asuntos que  llevan penas de prisión graves o  en asuntos de gran relevancia y trascendencia, me las veo y me las  deseo, pues no lo hace, si bien ello es una facultad del Tribunal Supremo.

Critica la actitud del Tribunal Supremo, porque lo normal es que se quita los casos de arriba sin señalar vista, en donde la inmediación y la oralidad deberían imponerse, teniendo en cuenta la propia Constitución. Viéndose  los abogados con sentencias gigantescas que se dictan sin la celebración de vista.

Sin embargo, con este caso que afectaba al magistrado José Antonio Martín sí se han cumplido escrupulosamente todas las garantías, pero así debería ser para cualquier persona ajusticiada, dijo José Manuel Rivero. Que, a su vez manifestó,   que ahora habrá que esperar a conocer el contenido de la sentencia para comprobar si la absolución obedece a que se considera que los hechos no son constitutivos de delito,  o si se modifican o no los hechos probados de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, porque si no se modifican los hechos probados, tendrá que estar muy motivada esa sentencia para decir que no existe delito.

En todo caso, el miembro de Justicia y Sociedad advierte que si se dice ahora que no existe delito y no haya habido variación en los hechos probados, es muy preocupante. Dejando claro que habrá que esperar a conocer la sentencia para valorar en profundidad el caso y para conocer si hubo irregularidades en la instrucción, cuestión invocada con firmeza por la defensa del magistrado.
 
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